26 de noviembre de 1983
Se ha solicitado que se altere el juicio de la Iglesia sobre la masonería por el hecho de que en el nuevo Código de derecho canónico no se hace mención explícita de ésta, tal como se hacía en el Código anterior.
Esta S. Congregación juzga a bien responder que tal circunstancia se ha debido a un criterio redaccional seguido también para las otras asociaciones igualmente no mencionadas por el hecho de estar incluidas en categorías más amplias.
Se mantiene, por tanto, inmutable el juicio negativo de la Iglesia respecto a las asociaciones masónicas, ya que sus principios han sido considerados siempre inconciliables con la doctrina de la Iglesia y por ello la adscripción a las mismas permanece prohibida. Los fieles que pertenecen a las asociaciones masónicas están en estado de pecado grave y no pueden acceder a la Santa Comunión.
No le compete a las autoridades eclesiásticas locales pronunciarse sobre la naturaleza de las asociaciones masónicas, con un juicio que implique la derogación de cuanto ha sido arriba establecido, según el parecer de la declaración de esta Congregación dada el 17 de febrero de 1981.
El Sumo Pontífice Juan Pablo II, en el curso de la audiencia concedida al infrascrito Cardenal Prefecto, ha aprobado la presente declaración, formulada en la reunión ordinaria de esta S. Congregación, y ha ordenado su publicación.
Roma, en la sede de la S. Congregación para la Doctrina de la Fe, 26 de noviembre de 1983.
Joseph Card. Ratzinger
Prefecto
Fr. Jérôme Hamer, O.P.
Secretario
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