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domingo, 2 de abril de 2017

Sobre el Tercer Secreto de Fátima [Incluye Video] - Cardenal Joseph Ratzinger

Sobre el Tercer Secreto de Fátima
[Incluye Video]
Cardenal Joseph Ratzinger


A continuación reproducimos un extracto de la entrevista concedida por el Cardenal Joseph Ratzinger al Canal Católico EWTN donde se refirió al “Tercer Secreto” de Fátima. Al final de este post puede, además, ver el video con su respuesta.


[FVN] El Cardenal Joseph Ratzinger concedió en el año 2003 una entrevista al Director de Noticias del Canal de Televisión EWTN, Raymond Arroyo, que se transmitió en su formato original en inglés el 5 de septiembre de ese año.

Ratzinger, por entonces Prefecto de la Congregación para la Doctrina de la Fe y considerado como uno de los más grandes teólogos contemporáneos, abordó en esa ocasión el tema del “Tercer Secreto de Fátima”. 

El periodista Arroyo le preguntó si ese “Secreto” se relaciona sólo con el atentado a San Juan Pablo II en Roma –como había sido señalado en el año 2000 cuando se lo dio a conocer– o si podría relacionarse con un futuro Papa. 

viernes, 24 de junio de 2016

Sobre la Sagrada Comunión y la Invariable Disciplina de la Iglesia [Incluye Carta de la Congregación para la Doctrina de la Fe] - Mons. Héctor Aguer

Sobre la Sagrada Comunión y la Invariable Disciplina de la Iglesia
[Incluye Carta de la Congregación para la Doctrina de la Fe]
Mons. Héctor Aguer


«La Continuidad en el Magisterio de la Iglesia es Fundamental»


[InfoCatólica/FVN] Mons. Héctor Aguer, Arzobispo de La Plata, Argentina, ha ratificado en una Carta, enviada a los Sacerdotes de su Arquidiócesis, que la Exhortación Apostólica «Amoris Laetitia» no puede interpretarse en ruptura con el Magisterio previo en relación al acceso a la Comunión de los Divorciados Vueltos a Casar, que sigue estando prohibido.

A continuación, reproducimos el texto de la Carta de Mons. Héctor Aguer a sus Sacerdotes:

A los Sacerdotes de la Arquidiócesis de La Plata:
En orden a una interpretación correcta de la Exhortación Postsinodal «Amoris laetitia» les envío esta Carta de la Congregación para la Doctrina de la Fe “Annus Internationalis”, del 14 de septiembre de 1994, en la que se ratifica lo enseñado por San Juan Pablo II en su encíclica «Familiaris Consortio», de 1982.
La continuidad en el Magisterio de la Iglesia es un dato fundamental. El mismo Papa Francisco ha quitado importancia a las conclusiones que algunos sacaban del número 301 del referido documento, más aún de una nota al pie de página. En el punto preciso que allí se trata hay que atenerse a la invariable disciplina de la Iglesia, que en la Carta de la Congregación para la Doctrina de la Fe aparece cuidadosamente argumentada, doce años después de la «Familiaris Consortio».

lunes, 21 de marzo de 2011

Yoga y catolicismo: aclarando ideas

Yoga y catolicismo: aclarando ideas


¿Puede un católico practicar el Yoga?. ¿Qué dice la Iglesia Católica de ello?. Como estas preguntas son habituales entre los católicos, a continuación citamos algunos fragmentos de un documento de la Congregación para la Doctrina de la Fe sobre este tema. Se trata de la "Carta a los obispos de la Iglesia católica sobre algunos aspectos de la meditación cristiana" (15 octubre 1989), que humildemente recomendamos en su totalidad, por ser de sumo interés y de continuada actualidad.


Punto 1. Con la expresión "métodos orientales" se entienden métodos inspirados en el hinduismo y el budismo, como el "zen", la "meditación trascendental" o el "yoga". Se trata, pues, de métodos de meditación del Extremo Oriente no cristiano que, no pocas veces hoy en día, son utilizados también por algunos cristianos en su meditación. Las orientaciones de principio y de método contenidas en el presente documento desean ser un punto de referencia no sólo para este problema, sino también, más en general, para las diversas formas de oración practicadas en las realidades eclesiales, particularmente en las asociaciones, movimientos y grupos.

Punto 2. El contacto siempre más frecuente con otras religiones y con sus diferentes estilos y métodos de oración han llevado a que muchos fieles, en los últimos decenios, se interroguen sobre el valor que pueden tener para los cristianos formas de meditación no cristianas. La pregunta se refiere sobre todo a los métodos orientales. Actualmente algunos recurren a tales métodos por motivos terapéuticos: la inquietud espiritual de una vida sometida al ritmo sofocante de la sociedad tecnológicamente avanzada, impulsa también a un cierto número de cristianos a buscar en ellos el camino de la calma interior y del equilibrio psíquico. Este aspecto psicológico no será considerado en la presente Carta, que más bien desea mostrar las implicaciones teológicas y espirituales de la cuestión. Otros cristianos, en la línea del movimiento de apertura e intercambio con religiones y culturas diversas, piensan que su misma oración puede ganar mucho con esos métodos. Al observar que no pocos métodos tradicionales de meditación, peculiares del cristianismo, en tiempos recientes han caído en desuso, éstos se preguntan: ¿no se podría enriquecer nuestro patrimonio, a través de una nueva educación en la oración, incorporando también elementos que hasta ahora eran extraños?

Punto 3. Para responder a esta pregunta, es necesario ante todo considerar, aunque sea a grandes rasgos, en qué consiste la naturaleza íntima de la oración cristiana, para ver luego si y cómo puede ser enriquecida con métodos de meditación nacidos en el contexto de religiones y culturas diversas. Para iniciar esta consideración se debe formular, en primer lugar, una premisa imprescindible: la oración cristiana está siempre determinada por la estructura de la fe cristiana, en la que resplandece la verdad misma de Dios y de la criatura. Por eso se configura, propiamente hablando, como un diálogo personal, íntimo y profundo, entre el hombre y Dios. La oración cristiana expresa, pues, la comunión de las criaturas redimidas con la vida íntima de las Personas trinitarias. En esta comunión, que se funda en el bautismo y en la eucaristía, fuente y culmen de la vida de Iglesia, se encuentra contenida una actitud de conversión, un éxodo del yo del hombre hacia el Tú de Dios. La oración cristiana es siempre auténticamente personal individual y al mismo tiempo comunitaria; rehúye técnicas impersonales o centradas en el yo, capaces de producir automatismos en los cuales, quien la realiza, queda prisionero de un espiritualismo intimista, incapaz de una apertura libre al Dios trascendente. En la Iglesia, la búsqueda legítima de nuevos métodos de meditación deberá siempre tener presente que el encuentro de dos libertades, la infinita de Dios con la finita del hombre, es esencial para una oración auténticamente cristiana.

martes, 10 de marzo de 2009

Declaración sobre la Masonería - Congregación para la Doctrina de la Fe


DECLARACIÓN SOBRE LA MASONERÍA
Sagrada Congregación para la Doctrina de la Fe
26 de noviembre de 1983




Se ha solicitado que se altere el juicio de la Iglesia sobre la masonería por el hecho de que en el nuevo Código de derecho canónico no se hace mención explícita de ésta, tal como se hacía en el Código anterior.

Esta S. Congregación juzga a bien responder que tal circunstancia se ha debido a un criterio redaccional seguido también para las otras asociaciones igualmente no mencionadas por el hecho de estar incluidas en categorías más amplias.

Se mantiene, por tanto, inmutable el juicio negativo de la Iglesia respecto a las asociaciones masónicas, ya que sus principios han sido considerados siempre inconciliables con la doctrina de la Iglesia y por ello la adscripción a las mismas permanece prohibida. Los fieles que pertenecen a las asociaciones masónicas están en estado de pecado grave y no pueden acceder a la Santa Comunión.

No le compete a las autoridades eclesiásticas locales pronunciarse sobre la naturaleza de las asociaciones masónicas, con un juicio que implique la derogación de cuanto ha sido arriba establecido, según el parecer de la declaración de esta Congregación dada el 17 de febrero de 1981.

El Sumo Pontífice Juan Pablo II, en el curso de la audiencia concedida al infrascrito Cardenal Prefecto, ha aprobado la presente declaración, formulada en la reunión ordinaria de esta S. Congregación, y ha ordenado su publicación.

Roma, en la sede de la S. Congregación para la Doctrina de la Fe, 26 de noviembre de 1983.



Joseph Card. Ratzinger
Prefecto


Fr. Jérôme Hamer, O.P.
Secretario



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